Muchas veces nos enteramos que estamos dentro del registro morosos, al acudir al banco para solicitar financiación o a un comercio. Por ejemplo para comprar un electrodoméstico a plazos nos podemos encontrar con la desagradable sorpresa que no tienen esta solicitud. Al preguntar el motivo nos indican que estamos inmersos en un fichero de morosidad.
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¿Que es un registro de morosidad?
Un fichero de morosidad a petición de la entidad informante lo que hace es subir nuestros datos personales al no haber cumplido supuestamente nuestras obligaciones dinerarias. Pueden subir tanto los datos de personas físicas como de personas jurídicas.
¿Que datos en concreto entran en el registro de morosidad?
Nuestro nombre, o el nombre de nuestra sociedad, la cantidad que supuestamente dicen que se debe, quién ha sido la entidad informante, cuál ha sido la fecha de alta. Y lo más importante es que también aparece un histórico. Es decir, todas aquellas terceras personas que cuando nosotros realizamos una solicitud de financiación o de pago. A plazo lo consultan para saber si la conceden o no. Los dos ficheros más conocidos se llaman equifax y asnef.
Vulneración del derecho al honor
Es muy importante destacar que si nosotros no recordamos que debamos algo, o que nos hayan informado que debemos algo y nos han dado la oportunidad de pagarlo. Y si tampoco recordamos que nos pueden advertir de que si no lo pagamos seremos metidos en un fichero de morosidad. Estaríamos ante un caso de vulneración de derecho al honor.
Derecho de honor protegido
Recordemos que el derecho al honor es un derecho protegido constitucionalmente con lo cual no se vulnera. No debemos de obviarlo puesto que este hecho es de suma gravedad. Y si realmente estamos ante esta situación es importante pensar que podemos hacer podemos interponer una demanda.
Requisitos
Diciendo que se ha vulnerado este derecho en concreto los requisitos que se deben dar para poder estar inmersos de forma correcta en estos ficheros son que realmente exista deuda. Además esa deuda sea líquida, exigible, y vencible. Es decir lo que no podemos estar es dentro de un periodo para pagarla voluntariamente.
Requerimiento fehaciente de pago
Nos han tenido que decir que debemos esa deuda, es decir lo que se llama el requerimiento fehaciente de pago y no solamente eso sino que también se nos debe advertir que en caso de no abonar la estaremos incluidos en ese fichero de morosidad. Si no se dan estos requisitos el juzgado lo que hará es proceder a declarar que efectivamente ha habido una intromisión a nuestro derecho al honor.
Indemnización
Pero la cosa no queda ahí, esta intromisión también puede ser indemnizable por los daños que hemos padecido. Ya que una constitución tiene muy claro que cuando una persona se le llama morosa (que además lo han podido consultar terceros) estamos ante una afección negativa. Con lo cual está vulnerando nuestro derecho al honor.
Calculo de indemnización
Como se va a calcular el cálculo de la indemnización es lo que nosotros podamos acreditar que efectivamente hemos padecido esos perjuicios. Por ejemplo, solicite al banco un préstamo para poder reformar mi casa y no me lo concedieron. O por ejemplo un caso muy común que es no he podido comprar una lavadora que se me había roto. Y no solamente eso, sino que los tribunales también tienen en cuenta el historial de consultas. Es decir, cuántos terceros han consultado dicho fichero. Estos dos elementos son los dos elementos que el juez va a tener en cuenta para calcular esa inhabilitación.